Confirma que se produjo una infracción grave de abuso de dominio, ya que solo los usuarios que se trasladasen en la empresa de transporte del mismo grupo podían realizar reservas previas
Aunque se considera acreditado que vivió en un piso «epicentro» de esta actividad ilícita, el TSXG considera que no hay prueba suficiente para inculparlo
El magistrado que decidirá si se acepta la apelación es el que emitió un voto particular en otras sentencias apuntando que no se había observado el trámite de consulta previa
Los magistrados aluden a que la suspensión «no debería, por su carácter temporal, conllevarle [a la Administración] una alteración o trastorno de carácter grave»
La empresa para la que trabajaba fue condenada a indemnizarla con 2.796 euros por cese improcedente. La mujer despedida hacía los repartos por Cee, Corcubión y en ocasiones, en Dumbría