Un senegalés consigue la residencia temporal por una psicosis que le hacía ver espíritus ancestrales

Christopher Rodríguez
Christopher Rodríguez RIBEIRA / LA VOZ

BARBANZA

La sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en A Coruña
La sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en A Coruña PACO RODRÍGUEZ

Un informe médico reflejaba que su repatriación suponía un grave riesgo para la salud del paciente por la falta de garantías sanitarias en su país de origen

17 ene 2024 . Actualizado a las 11:06 h.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado la razón a un ciudadano de Senegal residente en Boiro en un pleito con la Subdelegación del Gobierno en A Coruña otorgándole la residencia temporal en España para que se le trate con garantías el grave trastorno psicótico que padece.

El proceso judicial comenzó en el 2022, cuando la representación del senegalés impugnó una resolución por la que se le denegaba el permiso para quedarse en el país de forma temporal, algo que había sido solicitado por «circunstancias extraordinarias de razones humanitarias de enfermedad». El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de A Coruña estimó el recurso, a lo que la Subdelegación del Gobierno respondió apelando nada más tener constancia de la sentencia.

Para entender los hechos hay que remontarse a marzo del 2022, cuando se registró la solicitud de residencia. Junto con el documento el senegalés aportó un pasaporte a su nombre expedido en 2019, la acreditación de no tener antecedentes y el certificado de estar empadronado en Boiro.

También presentó un informe del servicio de Psiquiatría del Hospital Clínico de Santiago, en el que se refería que el africano había sido atendido por episodios de agresividad contra su domicilio y algún familiar. En el texto constaba que llevaba años residiendo en Boiro dedicándose al negocio ambulante, aunque tan solo era capaz de comunicarse en la lengua de su país de origen.

En cuanto al motivo de haber acudido al hospital, se relataba que desde hacía días el paciente estaba presentado alteraciones de conducta tales como hablar solo, refiriéndose a personas inexistentes y asegurando experimentar la presencia de «espíritus ancestrales», a los que describía como «acompañantes protectores».

Tras esto, fue atendido al mes siguiente en el Hospital de Barbanza debido a un proceso de seguimiento, teniéndose constancia de que el paciente presentó un brote psicótico. Además en un examen posterior, se concluyó que formaba parte de un trastorno mental grave y que, en caso de detenerse el tratamiento, supondría un gran riesgo para su salud, por lo que se recomendó que permaneciese en su actual lugar de residencia.

Repatriación desaconsejable

En el expediente se señalaba que no era aconsejable su repatriación a Senegal ya que, tal y como señala el Ministerio de Asuntos Exteriores en su página web, en caso de viajar al país se recomienda la contratación médica de un seguro médico lo más amplio posible. «Las condiciones sanitarias del país varían dependiendo del lugar y la estación del año. Aunque en Dakar —su capital— son aceptables, en el resto del país son muy deficientes», se lee en las recomendaciones del Gobierno.

El recurso de la Subdelegación del Gobierno se basó en considerar que el senegalés ya tenía ese trastorno antes de llegar a España y este no fue algo repentino, lo que sí habilitaría la posibilidad de otorgarse un permiso temporal. El TSXG denegó esta alegación explicando que en los informes médicos estaba demostrado que el paciente no presentaba antecedentes previos y que la problemática surgió tras su llegada a Boiro.

La Subdelegación del Gobierno también alegó que no existían pruebas respecto a la imposibilidad de recibir tratamiento en Senegal. El alto tribunal tampoco tuvo en cuenta este argumento refiriéndose, de nuevo, a las apreciaciones de los médicos, y a las propias recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores en su web.