Obligan a un divorciado a pagar las clases de refuerzo que tuvo su hija hace 7 años

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

Adaptación del antiguo Hospital Xeral como la Cidade da Xustiza, realizada por Alfonso Penela Fernández
Adaptación del antiguo Hospital Xeral como la Cidade da Xustiza, realizada por Alfonso Penela Fernández

La exmujer reclamó 294 euros por carta certificada y por burofax en el 2019 ante la importancia de las necesidades escolares de la menor

27 abr 2024 . Actualizado a las 17:48 h.

Una pelea entre dos divorciados por quién tenía que pagar las facturas de las pasantías de su hija hasta finales del 2017 ha dado vueltas por los tribunales de Vigo. La solución al caso ha llegado de mano de la Audiencia Provincial, que obliga al exmarido a pagar 252 euros por las clases.

La exmujer reclamó 294 euros por los gastos extraordinarios de las clases de apoyo impartidas a la hija común en el 2017 aunque presentó la demanda cinco años después. El divorciado replicó que, pasado tanto tiempo, la reclamación había prescrito pero el tribunal ha descontado del plazo el parón del covid y el hecho de que la exmujer enviase una carta en el 2019 para explicar al padre las necesidades escolares de la hija y la utilidad de las clases de refuerzo. 

Descuento de 82 días

Inicialmente, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo (Familia) solo autorizó el pago de 105 euros por las pasantías. La madre apeló en la Audiencia de Pontevedra. El progenitor insistió en que ya había pasado demasiado tiempo. Ella replicó que el plazo se había visto interrumpido porque le había enviado una carta certificada reclamando el pago en el 2019 y porque no tuvo en cuenta la suspensión de plazos durante 82 días por el estado de alarma por covid en el 2020 y por la tramitación de su solicitud de justicia gratuita.

La Audiencia afirma que es verdad que la exmujer envió un burofax al padre de su hija a su dirección habitual en el 2019 y una carta certificada en el 2022 aunque él no acudió personalmente a recogerla.

La Sexta Sección, con sede en Vigo, en una sentencia del 15 de diciembre del 2023, concluye que las facturas no están prescritas, tal y como dice la exmujer. Por ello, condena al divorciado a pagar 252 euros por los gastos de las clases particulares de su hija y las costas.