Estos son los requisitos para que un hombre jubilado pueda acceder a un complemento de maternidad

Rubén Nóvoa Pérez
Rubén Nóvoa OURENSE

OURENSE

María Álvarez dio una charla en la asociación de vecinos A Ponte
María Álvarez dio una charla en la asociación de vecinos A Ponte Miguel Villar

La abogada ourensana, María Álvarez, aclara que la reclamación de este derecho no tiene prescripción

20 mar 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Si eres hombre, tienes dos o más hijos, estás jubilado y solicitaste una pensión entre enero del 2016 y febrero del 2021 debes saber que tienes acceso al complemento de maternidad en la pensión de jubilación. Es una cuestión sobre la que existen varios fallos judiciales pero que sigue causando muchas dudas entre los pensionistas. Para tratar de resolverlas, la abogada ourensana María Álvarez, de Alma Abogados, dio una charla en el local de la asociación de vecinos de A Ponte. «Es un complemento que antes se preveía únicamente para las mujeres, y no para los hombres. Sin embargo, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró que eso era discriminatorio y contrario al principio de igualdad», explica la abogada ourensana.

Esa sentencia es la que abre la puerta de par en par para que aquellos hombres que hayan causado pensión de jubilación forzosa, incapacidad o viudedad entre el 1 de enero del 2016 y el 3 de febrero del 2021 y que tengan dos o más hijos, puedan incrementar su pensión en hasta un 15 % mensual, así como los retrasos generados desde la fecha de efectos de la pensión. En caso de que se llegue a la vía judicial, la indemnización adicional puede situarse en los 1.800 euros «Queremos explicar a la gente el procedimiento a seguir, así como la documentación necesaria para poder reclamar», señala.

El procedimiento para realizar esa reclamación arranca con una solicitud inicial ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o ante la Subdirección General de Clases Pasivas. Ahí debe procederse una resolución estimatoria o desestimatoria. El silencio administrativo negativo se produce en tres meses. La reclamación previa tiene 45 días para resolver, mientras que el proceso puede acabar en una demanda en el contencioso administrativo (clases pasivas) o en el juzgado de lo social.

Una de las principales dudas que suelen surgir a los posibles beneficiaros es si esta reclamación prescribe a los cinco años. María Álvarez es contundente en la respuesta: «No prescribe el derecho al complemento de jubilación». También es habitual que los hombres se cuestionen que sucede en el caso de que su mujer ya cobre ese complemento. «Puede ser obtenido por mujeres u hombres que cumplan los requisitos previstos, sin tener en consideración la circunstancia de que el otro progenitor o persona asimilada también tenga o pueda tener derecho a su percepción», resume.