Eólica marina: errada y con retrasos

Luis M. Teira Otero LÍNEA ABIERTA

OPINIÓN

María Pedreda

19 mar 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Un año después de publicar el real decreto que establecía los planes para la ordenación del espacio marítimo (POEM), el Ministerio para la Transición Ecológica ha sacado a información pública el proyecto de real decreto que regule la eólica marina. Al fin.

La norma del año pasado otorgó gran protagonismo a la costa gallega, situando en ella más del 40 % de la superficie total peninsular de las consideradas zonas de alto potencial para el desarrollo de la eólica marina. No obstante, la ubicación de estas no dejó a nadie indiferente: tanto el Gobierno gallego como los sectores implicados expresaron descontento con la delimitación publicada en los POEM. Lamentablemente, no sorprende a nadie que el actual Ejecutivo central desoiga a las comunidades autónomas, lo cual es siempre craso error, pero especialmente en este caso por desaprovechar esfuerzos como el Observatorio da Eólica Mariña que coordina la Xunta, dando voz a los sectores industrial y pesquero en la búsqueda de un desarrollo de la eólica marina compatible con las actividades existentes.

La Xunta dio también un importante paso con el anteproyecto de ley autonómica de promoción de los beneficios de proyectos que utilizan nuestros recursos naturales, dedicando un título completo a establecer un canon sobre la futura infraestructura de evacuación de la energía que produzcan los parques eólicos marinos, con unos ingresos que compensarán el impacto ambiental y económico sobre nuestro territorio.

El nuevo proyecto de real decreto, por su parte, se centra al fin en aterrizar los regímenes de autorización administrativa y económico, con la mejorable técnica legislativa que ya es marca de la casa y dejando algunas cuestiones importantes poco claras. En esta norma, el ministerio opta por un sistema de concurrencia competitiva en el que se concederá durante un máximo de 30 años la explotación del recurso eólico en dominio marítimo terrestre y portuario (afectando a los puertos de interés general, entre los que se encuentran los de las autoridades portuarias de A Coruña, Ferrol-San Cibrao, Marín, Vigo y Vilagarcía de Arousa). Las formas mejorables que citábamos las vemos, por poner un ejemplo, en los criterios no económicos, que supondrán hasta un 30 % de la puntuación de dichos concursos. Al respecto, el proyecto de real decreto propone una amplia lista de criterios genéricos, desde el diseño sostenible hasta el impacto socioeconómico, que se definirán en cada convocatoria. Es decir, hasta un 30 % de los puntos de cada concurso no está claramente definido en la norma, sino que queda a expensas de lo que tenga a bien la Secretaría de Estado de Energía cada vez que se abra un proceso competitivo.

Esperemos que el real decreto final incluya las propuestas de mejora que seguro se harán llegar, convirtiendo en arma lo que a priori es una desventaja: otros países nos han tomado gran ventaja por haber sido más ágiles elaborando normas y convocando concursos, aprendamos de sus mejores prácticas y evitemos sus errores.