Un juzgado de Lugo reconoce el derecho a cobrar el plus de quinquenios a una profesora de la USC contratada a tiempo parcial

André Siso Zapata
André S. Zapata LUGO / LA VOZ

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Imagen de archivo de una de las facultades del Campus Terra, en Lugo
Imagen de archivo de una de las facultades del Campus Terra, en Lugo ALBERTO LÓPEZ

La docente lleva encadenando contratos en el Campus Terra más de 25 años sin que la hagan fija

20 feb 2024 . Actualizado a las 18:51 h.

Una profesora interina que lleva ejerciendo más de 25 años en el Campus Terra de la USC, en Lugo, tiene derecho a cobrar el plus vinculado a los quinquenios a pesar de estar contratada a tiempo parcial. Así lo afirma una sentencia firmada por el Juzgado de lo Social número 1 de Lugo a finales del pasado año, en la que el sindicato CSIF reclamaba esta derecho para la profesora, algo que le negaba la universidad por no estar contratada a tiempo completo.

Esta sentencia, por lo tanto, falla a favor del reconocimiento de quinquenios a esta profesora interina de sustitución, pese al contrato a tiempo parcial, lo que suscitó la presentación de esta demanda.

El Juzgado de lo Social número 1 de Lugo dictaminó en su fallo que la demandante, con antigüedad en su puesto desde el 17 de noviembre del año 1998 (a través de distintos contratos) solicitó el complemento de méritos docentes en la convocatoria del 2021. El rector de la USC, con fecha de 1 de enero del 2022, emitió una resolución a través de la que le reconocía a la demandante dos tramos de dichos méritos.

Le debían más de 2.000 euros

La resolución, sin embargo, indicaba que no implicaría el abono de este plus hasta que se transformase a tiempo completo el contrato de esta profesora, quien decidió interponer una demanda y reclamar el importe correspondiente con efectos retroactivos desde la fecha de la resolución, que asciende a 2.163,29 euros.

La sentencia basa su decisión en los distintos acuerdos que regulan el trabajo a tiempo parcial (Estatuto de los Trabajadores, artículo 55.2 de la LO 6/2001) y el propio convenio colectivo del personal docente e investigador de las Universidades de Vigo, Santiago y A Coruña, que reconocen el principio de no discriminación entre trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo.

«En definitiva, no existe ninguna razón objetiva que pudiera excepcionar el abono del complemento retributivo una vez reconocido el derecho a que se efectúe la evaluación docente» y el resultado de esta evaluación haya sido, además, favorable, dice la sentencia.

El sindicato CSIF valora muy positivamente el resultado de esta sentencia «por lo que significa en el justo reconocimiento de los derechos laborales de los empleados públicos», especialmente entre un colectivo, el docente e investigador, «con graves niveles de precariedad».