El Supremo avala exigir el uso de corbata a vigilantes de seguridad, incluso en verano

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

GUSTAVO RIVAS

Da la razón a El Corte Inglés tras la demanda interpuesta por un sindicato del sector

05 abr 2024 . Actualizado a las 12:35 h.

Las empresas podrán exigir el uso de corbata a los vigilantes de seguridad, incluso con las altas temperaturas de verano. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo en una sentencia fechada el pasado 12 de marzo del 2024. 

Los jueces de la Sala de lo Social revisaron el caso que enfrentaba al sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada frente a El Corte Inglés. Los representantes de los empleados habían acudido el 8 de julio del 2021 ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional para pedir que «se declare, frente a Sicor Seguridad El Corte Inglés S.L. el derecho de los trabajadores afectados por este conflicto a no portar la corbata en verano en los centros de trabajo de El Corte Inglés, tal y como pretende la mercantil de seguridad privada, así como con expresa condena en costas». 

Unas semanas antes, el 14 de junio del 2021, el sindicato UGT y Sicor habían alcanzado un acuerdo por el que se mantenía la obligación de llevar corbata como parte esencial del uniforme, tanto para los hombres como mujeres durante el período estival. La empresa contempló excepciones, atendiendo a razones climatológicas, eximiendo del uso de este complemento a trabajadores en almacenes, muelles, centros comerciales fuera del horario de apertura, párkings y obras.

La justicia falló en contra de la pretensiones de los demandantes recordando que el artículo 22 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, valida la decisión de la compañía de que los vigilantes adscritos a El Corte Inglés usen la corbata en verano, pues esa medida le corresponde a la empresa tomarla, siempre que el atuendo o uniforme no atente contra la dignidad del trabajador, «lo que no acontece, máxime si tenemos en consideración que la vigilancia de los centros comerciales está dotada de aire acondicionado», reza la sentencia inicial, que ha sido avalada ahora por el Supremo tras examinar el recurso de casación del sindicato.  

Los efectos de un fallo favorable se habrían extendido a todos los vigilantes de seguridad destinados a prestar servicios a esta empresa en toda España.