Los herederos de mutualistas fallecidos desde el 2019 podrán pedir la devolución del IRPF

G. Lemos REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Oficina de la Agencia Tributaria
Oficina de la Agencia Tributaria Marcos Míguez

Los técnicos de Hacienda estiman que en Galicia hay 350.000 jubilados que pueden pedir el reintegro de parte de su pensión

22 mar 2024 . Actualizado a las 14:35 h.

El derecho de los pensionistas que en su día cotizaron como mutualistas a recuperar el IRPF tributado indebidamente por parte de su pensión no se extingue con su fallecimiento. Así lo recuerdan desde el sindicato de técnicos de Hacienda Gestha, que apunta que en caso de que los titulares originales de esa prestación hayan muerto ya, sus herederos podrán reclamar al fisco la devolución de esas cantidades. Siempre, eso sí, que la muerte se haya producido del 2019 en adelante, ya que esos son los ejercicios fiscales que todavía no han prescrito.

Para hacerlo, explican los profesionales, deberán presentar el modelo H100 de la Agencia Tributaria (solicitud de pagos de devolución a herederos), junto con la documentación requerida. Así, en todos los casos se exigirá el certificado de defunción, el libro de familia completo, el certificado del Registro de últimas voluntades y certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de los herederos que van a cobrar la devolución. En el caso que el importe a devolver sea inferior a 2.000 euros, solo se pedirá el testamento si figura en el certificado de últimas voluntades. Mientras que si el reintegro supera ese importe se exigirá el testamento o, en su defecto, acta notarial de declaración de herederos, así como un justificante de haber declarado en el impuesto de sucesiones y donaciones el importe de la devolución que se reclama al fisco.

4,8 millones de beneficiarios

Según los cálculos de los técnicos de Hacienda, en España hay más de 4,8 millones de pensionistas que en su día cotizaron como mutualistas y que ahora pueden solicitar el reintegro de parte del IRPF abonado por su pensión desde el 2019. Dado el volumen de personas afectadas, desde Gestha respaldan que la Agencia Tributaria haya tomado por fin la iniciativa para facilitar las solicitudes de devolución, que desde el miércoles se pueden tramitar desde la web del fisco, rellenando un simple formulario identificativo sin necesidad de aportar inicialmente más documentación. Esto es así porque Hacienda ha comenzado a cruzar datos con la Seguridad Social y otros organismos para evitar que sean los contribuyentes los que deban justificar su derecho a recuperar el dinero tributado de forma indebida.

Del total de afectados, cerca de 350.000 (casi un 7,3 % del total) son gallegos. Una cifra que sitúa a la comunidad como la quinta con mayor afección, tras Cataluña, Andalucía, Madrid y la Comunidad Valenciana.

Los técnicos de Hacienda recuerdan que esta medida no beneficia a los pensionistas que en su momento realizaron aportaciones a mutualidades laborales de autónomos, ya que estas ya fueron deducibles en la base imponible del IRPF en los ejercicios en los que se realizaron, por lo que no se produce ahora una doble imposición de sus pensiones (como el Supremo sí ha apreciado en el caso de las mutualidades laborales). Tampoco pueden pedirla los funcionarios públicos si solo han estado incluidos durante toda su vida laboral en el régimen de Clases Pasivas, ni los perceptores de pensiones de viudedad y no contributivas.

Desde Gestha explican que presentar el formulario es muy sencillo: «Basta con cumplimentar el nombre, NIF y cuenta bancaria y enviarlo mediante el certificado o DNI electrónico, Cl@ve o referencia». E indican que también se puede recibir ayuda de los servicios de información y asistencia para cumplimentar el formulario de solicitud, bien telefónica o presencial. En este último caso, aunque con carácter general es necesaria cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria, los mayores de 65 años no precisan de esta.

Campaña de renta del 2023

Los técnicos de Hacienda señalan que en los datos fiscales de la próxima campaña de la renta, correspondiente al ejercicio 2023, ya aparece el concepto de «Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF», con el que se aplicará la reducción de forma automática en la declaración.