El Supremo confirma dos años de cárcel para los directivos de la CAM por administración desleal

La Voz MADRID / EUROPA PRESS

ECONOMÍA

Fernando Villar

Su gestión obligó al FROB a intervenir y realizar inyecciones de dinero público para recapitalizar la entidad

13 jun 2023 . Actualizado a las 19:11 h.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional por la que condenaba a dos años de cárcel al ex director general de Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), Roberto López Abad, y al ex director general de empresas de la misma entidad Daniel Gil Mallebrera, por un delito de administración desleal en relación a operaciones de crédito concedidas a la sociedad Valfensal para adquirir hoteles y parcelas en el Caribe.

La sentencia de la Sala de lo Penal desestima así el recurso de ambos, que fueron además condenados a 5 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier cargo, empleo o profesión en el seno o por cuenta de una entidad bancaria o de crédito de España.

El alto tribunal, con ponencia del magistrado Juan Ramón Berdugo, recuerda que en su sentencia, del 2020, la Audiencia Nacional condenó además a los dueños y representantes legales de Valfensal, Juan Vicente Ferri Guardiola y José Salvador Baldó Llorens, como inductores de un delito de administración desleal y de otros tres contra la Hacienda Pública, con las atenuantes de reparación del daño causado y analógica de confesión de los hechos, a un total de 2 años de prisión y multa de tres millones de euros a cada uno de ellos, que no recurrieron al Supremo.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia ahora confirmada establece que López Abad y Gil Mallebrera indemnicen conjunta y solidariamente al Fondo de Garantía de Depósitos con la cantidad de 28 millones de euros, a los que habrá que sumar los intereses legales correspondientes, declarándose la responsabilidad civil directa de la compañía de seguros Caser hasta el límite de 15 millones.

En la sentencia confirmada, la Audiencia Nacional consideró acreditado que los dos exdirectivos causaron un gravísimo perjuicio a la entidad bancaria a través de una serie de operaciones arriesgadas que obligaron al FROB a realizar una serie de inyecciones de dinero para paliar esa mala gestión. Les acusa de anteponer los intereses de terceras personas a las de la entidad.