Pierde la mitad de la herencia que le dejó su madre porque no acreditó que también había cuidado del padre

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO

Marcos Miguez

Sucedió en Vimianzo y el litigio partió de un heredero que impugnó el testamento que beneficiaba a su hermano

18 abr 2024 . Actualizado a las 08:59 h.

El 28 de agosto del 2006 una vimiancesa hizo testamento. Repartió su legado entre sus dos hijos. La mitad se repartiría al 50 % y la otra mitad iría directamente a aquel hijo que cuidara de ella y del marido.

La mujer murió de alzhéimer en el 2020. Poco tiempo después se procedió a la apertura y lectura del testamento. El que cuidó de la progenitora reclamó su parte del legado, el 50%. La otra mitad de los bienes, varias fincas y una casa, había que repartirlas también al 50% entre los dos herederos, por lo que al final, la partición quedó establecida en un 75 %-25 %.

Pero el peor parado en la repartición dijo que no estaba conforme e impugnó el documento. Basó su argumentación en la literalidad de una de las cláusulas, que establece que esa división sería así siempre y cuando se cuidara al padre y a la madre hasta el día de sus muertes. Pero, según consta en la sentencia de la Audiencia Provincial, el progenitor falleció antes que la madre por lo que, a juicio, del abogado, no quedó acreditado que el hermano que sí cuidó de su madre hiciera lo propio con el padre. El reparto del legado entraba así por la vía judicial.

Un juzgado de primera instancia daba la razón al hermano que resultó peor parado en el reparto. Y de paso se rechazaba el testamento firmado por la mujer 14 añosa antes de su muerte. El damnificado por esta primera sentencia apeló ante la Audiencia Provincial. El letrado que lo representa esgrimió, por una parte, que no se habían cumplido con las últimas voluntades de la mujer. Y segundo, que su cliente fue el que cuidó de ella hasta su muerte. Considera que no hay que hablar de literalidad de la cláusula, sino de su esencia. Sin embargo, los jueces sí entienden que no quedó acreditado que ese hijo que cuidó de su madre hiciera lo propio con el padre, que murió antes, por lo que desestiman el recurso y dan la razón al otro hermano. Contra este segundo fallo judicial queda presentar recurso de casación.