El Juzgado de lo Penal ha absuelto a José Manuel S. R. para quien el fiscal había solicitado una multa de 18 meses, a razón de una cuota diaria de 12 euros, al imputarle conducir cuando tenía el carné retirado.
Efectivamente, la tarde del 27 de enero del 2005 circulaba por Caranza cuando fue sorprendido por una patrulla local que comprobó que había sido condenado por este mismo tribunal a multa y suspensión de la licencia de conducción por un año. La sentencia dice que el encausado carecía de carné, cosa que él ya comunicó en su momento cuando se le pidió que entregase el documento. En ese momento se encontraba en el penal de Teixeiro por otro asunto. El fallo añade que nunca fue apercibido de que se abstuviese de manejar un automóvil, tras la primera sentencia, requisito indispensable para condenarlo ahora por quebrantamiento.
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