Anulan la condena a un santiagués que copió más de 35.000 canciones

DEZA

José Luis Garabal, propietario de «O Copión», permitía a sus clientes grabar música descargada

26 ene 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

Nadie puede ser condenado en segunda instancia tras ser absuelto en primera si no se celebra una nueva prueba y un nuevo juicio en el tribunal de apelación. Este argumento le ha bastado al Tribunal Constitucional para anular la condena que la sala compostelana de la Audiencia dictó contra el propietario una copistería de Santiago, que ponía a disposición del público el uso de ordenadores para efectuar reproducciones y descargas de archivos de sonido e imagen que, además, podían grabar en soportes que la misma persona les vendía.

Ahora, el Constitucional entiende que la sala sexta vulneró el derecho del condenado, José Luis Garabal Vázquez, «al proceso público con todas las garantías». Garabal Vázquez, propietario de la copistería O Copión, fue condenado en el 2006 por el tribunal provincial a indemnizar a Promusicae con más de 6.000 euros y al pago de una importante sanción.

Si bien en aquella sentencia, el presidente de la sala sexta, Ángel Pantín, consideraba probado que el perjuicio económico para los artistas y productores musicales no ofrecía discusión y se prohibía la reanudación de la actividad «ilícita» -se le intervinieron más de 35.000 canciones, así como listados que ofertaba a sus clientes-, ahora el Constitucional le ordena que rectifique, y lo hace por el siguiente motivo: El magistrado ponente, Ramón Rodríguez-Arribas, entiende que la Audiencia vulneró el derecho de José Luis Garabal al proceso público toda vez que, recurrida la sentencia que absolvía en primera instancia al acusado, la Audiencia no convocó otra vista oral, sino que consideró que el visionado de la grabación audiovisual del juicio recurrido resultaba suficiente «para revalorar las pruebas de carácter personal practicadas en aquel juicio». El Constitucional aprecia la «queja de lesión del derecho al proceso con todas las garantías», declara nula la resolución impugnada y ordena que la Audiencia dicte otra sentencia respetuosa con este derecho fundamental. El abogado de José Luis Garabal, Mariano Sierra, explica que no cabe otra posibilidad que no sea la absolución.