El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino publicó ayer en el BOE el real decreto que regula la aplicación de los pago directos destinados a la agricultura y a la ganadería. Recoge en un amplio texto que, aunque refunde antiguas normativas, mantiene enlaces a decretos anteriores lo que muestra la complejidad de estas ayudas procedentes del marco de la política agrícola común.
El decreto pormenoriza todo tipo de pagos, los acoplados, los específicos y los adicionales. También regula las ayudas a retirada de tierras con derecho a ayudas, entre otros objetivos legislativos. El pago único es uno de los asuntos básicos regulados. También los pagos acoplados y regímenes específicos por superficie. Un tercer apartado básico es sobre pagos acoplados y regímenes de ayuda por ganado.
En este último entran las primas ganaderas que tanta importancia tienen en las economías de la comarca. Así, se regulan las cuantías de las ayudas para ovino y caprino, vacuno y por sacrificio.
Afectan especialmente las dos segundas. El importe unitario base por vaca nodriza (las vacas de razas cárnicas destinadas a producir terneros para ese tipo de destino), es de 18 euros por cabeza y la prima complementaria por vaca nodriza es de 22,46 euros por animal. Estas primas requieren disponer de los derechos y ajustarse a normativas concretas. Además las ayudas parten del precio base y se ajustan posteriormente en función de la demanda a la partida oficial destinada. En el caso de las primas por sacrificio se dan circunstancias similares y la prima por vacuno adulto sacrificado es de 26,40 euros por cabeza y si son terneros el importe unitario es de 46,50 euros.
Meticulosidad
La nueva normativa recoge entre capítulos y anexos con los controles normativos exigidos a los productores para acceder a las ayudas. El caso más meticuloso es el de la Guía de prácticas correctas en el sector lácteo. En varios apartados sobre trazabilidad, alimentación, ordeño o medio ambiente, entre otros, aglutina más de un centenar de apartados que van desde acciones generales a cuestiones muy meticulosas que en caso de un control riguroso parece imposible alcanzar de modo general tanto para quien debe cumplirlo como para quien debe controlarlo.
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