«El comprador de un piso ha de exigir toda la información»

A.?F.?C. VIVEIRO/LA VOZ.

A MARIÑA

En el curso que imparte en Viveiro, la profesora alerta de los problemas más comunes al comprar una casa

15 jun 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

Milagrosa Ferrera López, tutora de Derecho Civil y Penal de la UNED de Viveiro y de Derecho Mercantil en la UNED de A Coruña, imparte desde ayer un curso sobre protección jurídica de los compradores de una vivienda, en calidad de consumidores, en la ciudad del Landro. A las clases asisten 17 alumnos.

-¿Qué aspectos hay que tener en cuenta a la hora de comprar una vivienda?

-En la fase precontractual, antes de firmar, es donde tenemos que insistir porque es donde vienen muchos problemas, por no estar bien informados. Quien vende una vivienda nos tiene que procurar información sobre una serie de cuestiones: si es sobre plano, el emplazamiento, la memoria de calidades, los servicios comunes, etcétera; si ya está construida, el precio, con el IVA, los tributos o impuestos que tenemos que satisfacer, como la plusvalía. También tiene que informar de quién son los gastos del otorgamiento de la escritura, e incluso indicarle al consumidor dónde puede localizar la documentación.

-¿Cuáles son los problemas más frecuentes?

-Hay muchísimos. Una calidad inferior a la estipulada o a la anunciada en la memoria; la superficie del garaje a veces no hay espacio para maniobrar; la superficie del inmueble, sobre todo si es adquirido sobre plano o en construcción; la fecha de entrega, en algún caso transcurren tres años desde la fecha fijada; las cargas y gravámenes, hay que verificar si están inscritas en el Registro de la Propiedad. Otros problemas pueden ser los vicios constructivos, vicios ocultos, de acabado, los armarios empotrados, la habitabilidad (humedades), la seguridad del edificio o, más grave, la estabilidad. También es frecuente que en la oferta y la promoción se anuncien unos servicios que luego la urbanización no tiene, piscina, pista de tenis, etcétera. El comprador debe exigir el cumplimiento del contrato o si no, el equivalente pecuniario más la indemnización por daños y perjuicios. Y si es muy grave, resolver el contrato y que nos devuelva todo lo que entregamos, más daños y perjuicios

-¿A quién tiene que recurrir el comprador?

-Hay la vía de los jueces y tribunales y la del arbitraje de consumo, más rápida y menos costosa (gratuito, salvo las pruebas de parte).